Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 12 de agosto de 2021. Última reforma POGG: 14 de octubre de 2024. CAPÍTULO XI DE LAS ATRIBUCIONES DEL DEPARTAMENTO DE DESARROLLO DE SISTEMAS INFORMÁTICOS Y DE DISEÑO WEB Artículo 17. El Departamento de Desarrollo de Sistemas Informáticos y de Diseño Web estará adscrito a la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicación y, sin perjuicio de lo dispuesto en otros artículos de este Reglamento, el Titular tendrá las atribuciones siguientes: I. Proponer procesos a estandarizar y sistematizar al Titular de la Unidad para su incorporación a la Plataforma Digital del Órgano Superior; Fracción reformada POGG 30-05-2022 II.Implementar políticas, metodologías, estándares y la adopción de mejores prácticas para la ejecución de las actividades relacionadas con el desarrollo de sistemas que apoyen al cumplimiento de las atribuciones conferidas al Órgano Superior; Fracción reformada POGG 30-05-2022 III. Implementar estándares establecidos por el Sistema Estatal Anticorrupción en los sistemas administrados por el Órgano Superior para la integración de la Plataforma Digital Estatal; Fracción reformada POGG 30-05-2022 IV. Administrar los servicios informáticos propios y de terceros disponibles para el desarrollo de aplicaciones electrónicas y sistemas disponibles en el Órgano Superior de conformidad con las políticas, normas y demás disposiciones jurídicas aplicables; Fracción reformada POGG 30-05-2022 V. Apoyar en materia de aplicaciones electrónicas y sistemas a las unidades administrativas en el ámbito de sus atribuciones; Fracción reformada POGG 30-05-2022 VI. Derogada. Fracción derogada POGG 30-05-2022 VII. Implementar controles para el funcionamiento de los sistemas, aplicaciones electrónicas y bases de datos administrados por el Órgano Superior y generar el reporte mensual al Titular de la Unidad; Fracción reformada POGG 30-05-2022 VIII. Derogada. Fracción derogada POGG 30-05-2022 IX.Atender las solicitudes de sistemas informáticos, de diseño web y aplicaciones digitales, registrados en la mesa de ayuda; Fracción reformada POGG 30-05-2022 X.Elaborar reportes mensuales de los avances, minutas de trabajo de reuniones y soporte documental de los sistemas informáticos, de diseño web y aplicaciones digitales que estén en proceso, previa asignación del Titular de la Unidad; Fracción reformada POGG 30-05-2022 XI. Administrar el directorio único de usuarios internos y externos de la Plataforma Digital del Órgano Superior; Fracción reformada POGG 30-05-2022 REGLAMENTO INTERIOR DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 12 de agosto de 2021. Última reforma POGG: 14 de octubre de 2024. XI Bis. Elaborar, implementar y publicar el diseño e información, en el Sitio Electrónico Institucional, el repositorio de datos abiertos e Intranet del Órgano Superior; Fracción adicionada POGG 30-05-2022, Fracción reformada POGG 14-10-2024 XII. Proporcionar al Titular de la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicación, la impresión documental de los movimientos en los componentes de la Plataforma Digital y sistemas informáticos administrados por el departamento, a fin de certificarla; Fracción adicionada POGG 14-10-2024 XIII. Establecer y mantener actualizado el control interno de componentes de la Plataforma Digital y sistemas que administre la Unidad de Tecnologías de la Información y Comunicación del Órgano Superior, de conformidad con las políticas, normas y demás disposiciones jurídicas aplicables, y Fracción adicionada POGG 14-10-2024 XIV. Las demás que le confieran otros ordenamientos legales, manuales, las disposiciones jurídicas aplicables y las que le asigne su superior jerárquico. Fracción recorrida (antes XII.) POGG 14-10-2024 REGLAMENTO INTERIOR DEL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN DEL ESTADO DE MÉXICO